Ser inquilino implica asumir una serie de compromisos económicos cuyo desconocimiento puede llevar a abusos o estafas. Muchos arrendatarios desconocen cuáles son los pagos obligatorios que les corresponde afrontar y cuáles no, lo que a menudo es aprovechado por propietarios poco éticos para exigir conceptos indebidos o inflar ciertas cantidades. Conocer las obligaciones legales y el funcionamiento de cada gasto es fundamental para proteger tu economía y tus derechos.
Pagos que legalmente corresponden al inquilino
El principal pago ineludible de un inquilino es la renta mensual, cuyo importe, periodicidad y método de pago debe estar claramente especificado en el contrato de arrendamiento. Este pago constituye la contraprestación básica por el uso de la vivienda o local arrendado y normalmente se abona a través de transferencia bancaria, domiciliación directa o en efectivo, aunque en este último caso, es fundamental exigir siempre un recibo detallado que incluya fecha, cantidad, nombre, concepto y firma del arrendador, para evitar futuros conflictos o reclamaciones fraudulentas.
- La renta puede incluir también, previo acuerdo y siempre por escrito en el contrato, algunos gastos adicionales como los de comunidad (limpieza, ascensor, portería, zonas comunes). Si no se especifica así, la ley suele considerar que corresponden al propietario, no al arrendatario.
- Respecto a los suministros como electricidad, agua, gas, internet o teléfono, estos recaen casi siempre en el inquilino si el contrato así lo fija. La factura será mensual, bimestral o trimestral según el servicio, y los pagos deben efectuarse puntualmente a la empresa suministradora, no al propietario, salvo que el contrato indique otra cosa.
- En contratos de larga duración, puede establecerse la obligación de mantener el inmueble en condiciones adecuadas: pequeñas reparaciones por uso ordinario suelen ir a cargo del inquilino; las reparaciones estructurales importantes, del propietario.
Pagos que NO debes asumir como inquilino
Existen gastos habituales que, salvo pacto expreso por escrito, nunca deben ser exigidos al inquilino:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): El pago del IBI corresponde siempre al propietario salvo que en el contrato de alquiler figure lo contrario, algo poco común y discutible en muchos países.
- Gastos de derramas extraordinarias en la comunidad, como reformas importantes, adecuaciones estructurales o instalación de ascensor, que solo deben ser pagadas por el dueño, incluso aunque los disfrute el inquilino.
- Comisiones inmobiliarias: Salvo excepcionales disposiciones locales, quien contrata la agencia para la gestión del alquiler es quien asume el pago de la comisión; si el contrato lo firmaste directamente con el propietario y no te beneficiaste del servicio, no debes pagar esta cuantía.
Cómo evitar estafas y reclamaciones indebidas
Para evitar ser víctima de cobros abusivos o irregularidades, sigue estos consejos:
- Exige siempre un contrato de arrendamiento por escrito y firmado, en el que aparezcan todos los importes y conceptos que corresponden a cada parte. Los acuerdos verbales carecen de validez ante reclamaciones o pleitos.
- No entregues dinero en efectivo sin obtener un recibo detallado y firmado. Si el arrendador se niega a proporcionarlo, paga mediante transferencia, cheque o giro, y guarda todos los justificantes de pago.
- No realices pagos adicionales que no están estipulados en el contrato o justificados legalmente. Ante la duda, consulta a un asesor legal especializado en arrendamientos urbanos.
- Antes de firmar cualquier contrato o abonar fianzas, verifica la identidad del arrendador y la titularidad sobre el inmueble. Una petición de pago a un tercero sin relación contractual puede ser indicio de fraude.
- Visita el inmueble antes de entregar cualquier dinero. Los fraudes inmobiliarios online o telefónicos aprovechan la compra a distancia para estafar a personas que, al llegar, descubren que la vivienda ni siquiera existe o nunca estuvo en alquiler bajo ese anuncio.
Obligaciones especiales y plazos de pago
Además de la renta y los suministros, pueden aparecer otros compromisos económicos, pero es crucial comprender cuándo proceden y en qué condiciones:
- Fianza legal: Normalmente se entrega al momento de firmar el contrato y equivale, según la legislación nacional o autonómica, a uno o dos meses de renta. Esta cantidad debe ser devuelta íntegra al finalizar el contrato si la vivienda se encuentra en buen estado y no hay deudas pendientes.
- En ocasiones, el propietario puede pedir un depósito adicional o garantías, pero solo si se contemplan claramente en el contrato.
- El pago de suministros debe ajustarse a los plazos indicados en las propias facturas de agua, luz, gas o internet. El incumplimiento reiterado puede provocar cortes del servicio o sanciones tanto de la compañía como del arrendador.
- Mantenimiento ordinario: Si bien las pequeñas reparaciones y el buen uso de electrodomésticos suelen recaer en el inquilino, cualquier avería estructural o reparación grave es responsabilidad del dueño.
No respetar los plazos de pago puede desencadenar procesos judiciales de reclamación o incluso de desahucio, por lo que conviene mantener todos los justificantes y reclamar por escrito cualquier cobro que no se ajuste al contrato. Es recomendable también tener activas alertas de vencimientos o directamente pactar la domiciliación bancaria de pagos periódicos para evitar olvidos y recargos.
¿Qué hacer si te reclaman pagos indebidos?
En caso de que el propietario te reclame importes no justificados o fuera de lo pactado, puedes presentar tus objeciones por escrito, detallando las cláusulas del contrato y acompañando recibos y documentación pertinente. Si no se resuelve, existe la opción de acudir a una oficina de defensa del consumidor o instancias judiciales que, de acuerdo con la legislación vigente, pueden desestimar las acciones del propietario si incumple los procedimientos legales de notificación o reclama pagos no estipulados.
Si recibes citación judicial por impago, revisa si la notificación fue hecha correctamente, ya que los defectos de forma pueden impedir el progreso de la demanda. Ante un pleito, presentar copia del contrato, los justificantes y las pruebas de pago es la mejor defensa contra intentos de cobro abusivos o estafas.
En resumen, conoce tus derechos y obligaciones, exige siempre contratos y recibos, y no dudes en asesorarte si un cobro te parece sospechoso o fuera de lo habitual. Así, disfrutarás tu vivienda sin riesgos y evitarás ser víctima de prácticas ilegales o poco transparentes. Para comprender algunos de estos conceptos en mayor profundidad, puedes consultar el artículo de inquilino en Wikipedia y entender cómo se articula el derecho al arrendamiento en distintas jurisdicciones.